Esta Comisión, además de aportar seguridad jurídica a los análisis de ADN en la determinación de la culpabilidad o la inocencia de los encausados en un proceso penal, establecerá los criterios de investigación científica y técnica que se han de seguir en la realización de análisis de ADN, incluyendo la formulación de propuestas para mejorar la eficacia en la investigación y persecución de delitos, así como en la identificación de cadáveres.
Antes de que la Comisión acredite a los laboratorios científicos, estos deberán ser reconocidos previamente por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), como un control suplementario para que sus análisis pasen a la base de datos policial sobre los identificadores obtenidos a partir del ADN. En el momento que se suscriba el acuerdo correspondiente se contempla, además, la participación en el seno de la Comisión de representantes de las bases de datos de las policías autonómicas.
La existencia de esta Comisión ya estaba prevista en la Ley Orgánica de 25 de noviembre de 2003, que facultaba al Juez de Instrucción para obtener muestras biológicas de los sospechosos con el fin de determinar su perfil genético. Mediante una nueva disposición adicional tercera se establece que el Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministerios de Justicia y del Interior, regulará por Real Decreto la estructura, composición, organización y funcionamiento de la Comisión Nacional sobre el uso forense del ADN. Posteriormente, la Ley Orgánica reguladora de la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN, de 8 de octubre de 2007 también hace referencia a este organismo
El presidente de la Comisión será el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, contando, como vicepresidentes, con el Director del Instituto Nacional de Toxicología y de Ciencias Forenses y el representante de la Secretaría de Estado de Seguridad que designe su titular. En su composición incluye a representantes de los distintos laboratorios que efectúan análisis de ADN con fines de investigación criminal, así como a un magistrado, un fiscal, un médico forense y sendos expertos en “bioética”, “genética” y “genética médica y patología molecular” del Sistema Nacional de Salud.
Durante los últimos años, los análisis de ADN han ayudado a resolver diversos homicidios en España. El caso de Rocío Wanninkhof , asesinada en octubre de 1999 cerca de Mijas (Málaga), fue uno de los más mediáticos, y además propició que los perfiles de ADN se incluyeran en la legislación. Unos años después de que un jurado popular declarase a Dolores Vázquez Mosquera culpable de aquel asesinato, se descubrió que el verdadero autor del crimen había sido Tony Alexander King, implicado en otro homicidio: el de la joven Sonia Carabantes, en septiembre de 2003. El perfil de ADN confirmó que el autor de ambos crímenes había sido la misma persona.
Fuente del artículo: http://plataformasinc.es/
REAL DECRETO 1977/2008, de 28 de noviembre, por el que se regula la composición y funciones de la Comisión Nacional para el uso forense del ADN.
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